miércoles, 5 de octubre de 2011

El Algarrobico se construyó en suelo no urbanizable

Según informa El País, el Tribunal Supremo confirma que el hotel El Agarrobico
se construyó en suelo no urbanizable. Con anterioridad se había anulado la licencia
municipal de obras por apreciar en la actuación de la Junta de Andalucía y el
Ayuntamiento de Carboneras indicios de prevaricación y de un delito contra la
Ordenación del Territorio.

El Agarrobico se ha construido en la playa del mismo nombre, en el municipio de Carboneras y dentro de los límites del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería).
El Tribunal Supremo ha confirmado que el edificio de 20 plantas se comenzó a construir en 2003 en suelo calificado como no urbanizable por la norma urbanística de rango superior vigente, el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de ese Parque Natural de 1994.
El TSJA, en la sentencia que ahora avala el Supremo y contra la que no cabe recurso, expone que en la normativa de 2008 la Junta de Andalucía califica la zona como "área degradada" (igual que en 1994) y estaba excluida de actividad de turismo rural y orientada a su regeneración, pero "la técnica normativa utilizada es defectuosa, pudiendo llevar a problemas interpretativos sobre las específicas actividades permitidas
en la zona en cuestión". Aunque lo denomine "área degradada", dice el TSJA, "lo incluye en la zona C3, donde son compatibles nuevas edificaciones y rehabilitación de las existentes, lo que podría implicar la terminación de la infraestructura hotelera cuestionada". Actualmente, el hotel se encuentra en un 90% de su construcción. Las obras quedaron paralizadas de manera cautelar en 2006 ante una posible vulneración de
la Ley de Costas.
Solo queda por resolver quién es el organismo competente para llevar a cabo su demolición.

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