martes, 11 de diciembre de 2007

Sentencia del TC contra la Ley de Extranjería

Las organizaciones Red Acoge y Andalucía Acoge muestran su alegría por la sentencia hecha pública por el Tribunal Constitucional que anula varios artículos de la Ley de Extranjería (8/2000) aprobada bajo el mandato del Partido Popular en el año 2000, artículos que limitaban derechos fundamentales a personas indocumentadas como los de reunión, asociación, sindicación, justicia gratuita y acceso a la enseñanza no obligatoria.
Según las informaciones emitidas por los medios de comunicación, el tribunal considera inconstitucionales tres artículos de la ley, el artículo 7.1, referido al derecho de reunión, el artículo 8, al derecho de asociación, y el 11.1, al de sindicación. Asimismo, declara "inconstitucional y nula" la inclusión del término "residentes" en otros dos artículos de la Ley de Extranjería, el 9.3 y el 22.2, sobre el derecho a la educación no obligatoria y a la asistencia jurídica gratuita, respectivamente.
Para ambas organizaciones, el fallo supone un avance indiscutible en el reconocimiento de derechos a las personas indocumentadas y, por tanto, un logro en la equiparación con el resto de los ciudadanos, lo que sin duda significa un decidido paso hacia la integración en España.Las federaciones de asociaciones reclaman que, dado que con frecuencia las legislaciones españolas en materia de extranjería son matizadas por los tribunales, los textos jurídicos deberían garantizar el respeto a los derechos fundamentales contenidos en la Constitución o la carta derechos de Naciones Unidas.

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